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lunes, 7 de mayo de 2012

¿Cambió algo el 11 de marzo?

Por Lic. Carlos R. Sánchez* 

Las pasadas elecciones incluyeron en nuestro sistema dos innovaciones: la incorporación de candidatos no partidarios y la utilización de listas cerradas desbloqueadas. ¿Cuál fue el impacto final en la configuración de la Asamblea Legislativa? ¿Cambió sustancialmente el panorama político gracias a ello?

Con relación a las candidaturas no partidarias, ninguno de los postulantes logró curul alguna, por lo que es fácil determinar que no hubo efecto significativo en la configuración Legislativa. Trataremos de hacer un primer acercamiento al efecto del desbloqueo de listas.

Si tomamos como muestra departamentos significativos en términos de tamaño: San Salvador (24 diputados), La Libertad (10 diputados), Santa Ana (siete diputados) y San Miguel (seis diputados); y los datos de tres partidos representativos según las últimas elecciones, ARENA, FMLN y GANA, podemos acercarnos a la determinación del efecto antes mencionado. Al hacer una comparación entre el orden de los candidatos propuestos por cada partido político en las listas presentadas al TSE y los candidatos efectivamente elegidos por el número de marcas, obtenemos los siguientes resultados (existe suficiente evidencia para concluir que las cúpulas partidarias, aun con el cambio de sistema, colocaron en las primeras posiciones de la lista a sus candidatos afines).

Para San Salvador, en el caso de ARENA, de los 11 candidatos, nueve hubieran sido elegidos si persistiera el sistema de lista cerrada bloqueada; en el del FMLN ocho de nueve presentan el mismo caso; para GANA fue irrelevante el cambio de sistema, los primeros dos candidatos de la lista obtuvieron las dos curules ganadas.

Para La Libertad en ARENA, cuatro de los cinco candidatos ganadores lo hubieran sido también en el antiguo sistema y en los casos del FMLN y GANA, el cambio de sistema resultó irrelevante, pues los cuatro del FMLN y el único de GANA son los mismos candidatos que hubieran obtenido una curul en el sistema anterior.

En el caso de Santa Ana, los tres candidatos que obtienen curules resultan los tres primeros de la lista de ARENA; igual suerte corren los dos candidatos del FMLN y el único de GANA. Igual para San Miguel.

Consolidando los datos de los cuatro departamentos, en ARENA los candidatos ganadores son en un 85% los mismos que hubieran obtenido curules en el sistema antiguo (17/20); en el FMLN lo son en un 94% (17/18); y en el caso de GANA, el cambio de sistema resultó irrelevante (5/5).

Lo anterior podría indicar que el impacto de las dos reformas resultó irrelevante: la configuración de la Asamblea Legislativa no cambió sustancialmente. ¿Significa que estas no son importantes para la democracia? La respuesta es que sí lo son. Un sistema se vuelve más democrático en cuanto es más sensible a las demandas de los ciudadanos (R. Dahl), y las reformas tienen ese efecto, especialmente en términos de rendición de cuentas, por cuanto permite a los electores castigar o premiar a los candidatos individualmente considerados, generándose un incentivo a responder de manera más intensa a las demandas ciudadanas.

Seguramente, los resultados tan poco evidentes a cortísimo plazo resulten mucho más palpables en elecciones posteriores cuando el mecanismo de control activado por el desbloqueo de las listas esté en marcha. Esperemos que así sea.

*Miembro de ADESA. Publicado en La Prensa Gráfica, edición 6 de mayo de 2012. Puede contactar al autor: croberto.sanchez@hotmail.com

lunes, 30 de abril de 2012

Redefiniendo la vergüenza

Por Lic. Herman Duarte*

Existen funcionarios de primer o segundo grado según la injerencia del pueblo en su elección para su cargo.

Los diputados, presidente, y concejos municipales son de primer grado, porque se han celebrado elecciones precisamente para ello. El Órgano Legislativo tiene entre sus funciones elegir funcionarios (art. 131, n.º 19 Cn). Al ser los diputados los “representantes del pueblo entero” (art. 125 Cn.), los funcionarios que estos elijan se entenderá que son de segundo grado, porque han sido elegidos de forma indirecta por el pueblo. La misma lógica aplica para los presidentes de autónomas que se eligen desde el Ejecutivo.

La Constitución establece de forma armoniosa que las elecciones (art. 124, 186, 192, 196 Cn.) tanto de diputados, como funcionarios de segundo grado, se lleven a cabo cada tres años. La finalidad de ello es la obtención de un criterio actualizado de los Representantes del Pueblo Entero (a excepción de TSE, que se da cada 5). Es decir, cada tres años que se celebren elecciones por las cuales se va a elegir una nueva Asamblea Legislativa, deberá haber elecciones de funcionarios de segundo grado. En términos aún más simples: una Asamblea, una elección de funcionarios de segundo grado.

Retomando palabras de algunos míticos (y no necesariamente por heroicos) personajes de la plenaria del 24 de abril, estoy de acuerdo en que no se trata de poner en tela de juicio la trayectoria, el perfil, y, en definitiva, la carrera lograda por los ahora electos funcionarios. Incluso, es muy probable, que algunos de ellos fueran elegidos por la siguiente Asamblea.

Lo que se está cuestionando, señalando, y, sobre todo, reprochando es esa ansiedad, ese excesivo derroche de poder, esa necesidad de tomar decisiones, ese síntoma de grandeza que deja a un lado la opinión de las mayorías, y hacen que la saliente Asamblea tome decisiones que no le corresponden. No está de más decir que 26 diputados que votaron no estarán en la composición del siguiente pleno.

¿Qué es de esperarse ahora? Más columnas como estas, más pronunciamientos de un sinfín de instituciones, reclamos de organismos internacionales, posibles cortes presupuestarios para la República de parte de fondos extranjeros, desmejoramiento de la imagen internacional del país, y la agravación de la crisis institucional entre los órganos fundamentales. La crisis, con su epicentro en el Órgano Judicial, puede tener varios matices: pasando desde la reacción de los tres magistrados de la SC, la posición del magistrado Jaime, el inminente proceso de inconstitucionalidad contra los decretos (y todas las complicaciones inherentes a este), y las posibles batallas de poder con la entrada de nuevas caras.

Una primera aproximación para solucionar este tipo de problemas está en prohibir con una reforma constitucional que se puedan tomar decisiones trascendentales en el periodo de transición que existe entre la celebración de elecciones y la toma de posesión de la nueva Asamblea. Una segunda solución estará en la creación de un nuevo sistema de elección para estos funcionarios. Sin embargo, esas soluciones serán inasequibles mientras la voluntad política no ceda, ante el verdadero clamor de las masas. En este contexto, es que no se puede negar que el problema real radica en la desfachatez, el descaro y el cinismo de ciertos diputados. En ese afán de querer justificar lo injustificable, de fomentar lo infomentable, y legalizar lo ilegalizable. 


* Directivo de ADESA 2011-2012. Publicado en La Prensa Gráfica, edición 29 de abril de 2012. Correo electrónico: herman.duarte@gmail.com / www.hermandi.com 

viernes, 1 de abril de 2011

Otra Oportunidad para la Democracia


Robert Dahl, en su obra clásica de la Ciencia Política: “Poliarquía: Participación y Oposición”, simplifica la democracia en dos dimensiones básicas, debate público y participación. A mayor nivel de alguno de estos elementos, o de ambos, mayor será el avance hacia el ideal de democracia que un determinado país tendrá.

No cabe duda, que la inclusión de candidatos no partidarios en las elecciones para Diputados y la modificación del esquema de listas cerradas y bloqueadas, dispuesto por la Sala de lo Constitucional, en la Sentencia de Inconstitucionalidad 61-2010, de ser desarrollados representan un progreso significativo en NUESTRO proceso de democratización, tanto en términos de participación como de debate público. No obstante, como en todo proceso de este tipo, dado los diversos actores que participan en el sistema, pueden generarse todo tipo de tensiones entre los involucrados en la vida política.

La aprobación del Decreto Legislativo No. 635, fue el resultado de la expulsión del ordenamiento jurídico de las disposiciones del Código Electoral, por la sentencia antes mencionada, por violación al artículo 78 de la Constitución. Sin embargo, el mencionado decreto, de manera evidente, no cumple con los señalado por la Sala de lo Constitucional, pues crea mecanismos que, al igual que en el sistema anterior, permite a las cúpulas partidarias definir quiénes ocuparán los escaños en la Asamblea Legislativa. Dichas disposiciones, desde su nacimiento como anteproyecto, fueron señaladas de manera negativa por los distintos sectores sociales.

En este sentido, el Presidente de la República, haciendo uso de sus facultades constitucionales, procedió a vetar el mencionado decreto por violación al artículo 78 de la Constitución. 

Consideramos totalmente atinada la decisión del Presidente, pues ha abierto de manera contundente las puertas para que la regulación aprobada se reforme y moldee en coherencia con la Constitución, dándole preeminencia a la voluntad de los ciudadanos.

No cabe duda que, actualmente, se viven momentos cruciales en El Salvador, en términos de evolución democrática, pues los caminos están trazados: de superarse el veto, dicho decreto debe ser enviado por el Presidente a la Corte Suprema de Justicia, para que esta, en el plazo de quince días, resuelva sobre la constitucionalidad de la norma, creándose una situación de tensión entre los tres Órganos de Gobierno; de no superarse y establecer un esquema que permita la elección directa de parte de los ciudadanos, sea listas abiertas, o cerradas y no bloqueadas, cumpliéndose la sentencia de inconstitucionalidad antes relacionada.

En definitiva, el camino que más abona al sistema democrático es el segundo, por lo que, se insta a los Diputados a no intentar superar el veto del Presidente y evitar más reformas inconstitucionales, para que hagan eco de lo manifestado por los ciudadanos, que son a quienes, al final de todo, deben rendir cuentas. ADESA considera que el veto debe interpretarse como una oportunidad de reivindicación ante la sociedad, en miras a crear una regulación que contribuya a un sistema político con más debate público y más participación, es decir, más democrático.