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lunes, 26 de marzo de 2012

Asuntos destacables sobre el tema del pacto entre pandillas


Por Lic. Oscar A. Pineda*

En los últimos días, el tema más importante de la coyuntura nacional ha sido un posible pacto entre las dos pandillas de El Salvador para un cese de la violencia letal entre sus miembros.

Aunque la existencia del pacto se evidencia poco a poco más claro, las versiones sobre lo que lo han motivado son diversas; en concreto solo se tiene que algunos líderes de pandillas han sido trasladados del penal de seguridad de Zacatecoluca a otros centros penitenciarios, y que los homicidios se han reducido en los últimos días. En esta opinión no pretendo dilucidar la causalidad del pacto, pero quiero destacar algunos aspectos que considero importantes en este tema.

En primer lugar, que las autoridades de seguridad tienen un margen de actuación en la forma de abordar los problemas de inseguridad, pero que cualquiera que sea, debe estar inexcusablemente, dentro del marco legal establecido, aun cuando actuar al margen de la ley pudiera tener resultados positivos. Esto significa que una negociación con pandillas a cambio de beneficios económicos implicaría una extralimitación de facultades de las autoridades y sería pernicioso para la posición del Estado frente al crimen. El Gobierno ha desmentido una negociación de este tipo, y por el bien del Estado de Derecho, es deseable que no exista nunca.
En lo relativo al traslado de líderes de pandillas del penal de seguridad de Zacatecoluca a otros centros penitenciarios, a pesar de que la forma repentina y masiva en que se hizo generó suspicacias, no existe en ello, en principio, una ilegalidad, puesto que el cumplimiento de la pena en centros de seguridad es una medida excepcional (art. 103 Ley Penitenciaria y 196 Reglamento General de la Ley Penitenciaria). La decisión de ubicar a los reclusos en un centro penitenciario u otro depende de una propuesta del equipo criminológico del centro penitenciario y de una decisión que sobre ello debe tomar el Consejo Criminológico Regional (art. 145 y 75 de la Ley Penitenciaria). De este modo, si el papel de estas dos instancias ha sido conforme a ley, y las decisiones fueron debidamente fundamentadas, no hay irregularidades jurídicas.
En cuanto a la organización y el funcionamiento de las pandillas, se puede inferir que no se trata de estructuras dispersas e indisciplinadas, sino que existe un orden efectivo, liderazgos y un código de disciplina bien definido. Arroja también una luz, sobre cuánto de la violencia en el país está relacionado con el pleito entre pandillas. Esto es evidencia importante que permitiría tomar decisiones sobre cómo abordar el problema, tanto para combatir los delitos provenientes de las pandillas como para la creación de planes de prevención y reinserción.
Finalmente, tener en cuenta que un pacto entre las pandillas, mediado por la Iglesia, es una idea esperanzadora. Sin llegar a ser ingenuo y creer que eso será una solución a nuestros problemas sociales y de delincuencia, que no solo versan sobre pandillas, y teniendo en consideración que como cualquier pacto puede romperse por muchas razones, espero que sea uno de los factores que ayude a aliviar la situación de violencia en el país. Prefiero creer en algo que resignarme a este empacho de sangre.

* Miembro de ADESA. Publicado en La Prensa Gráfica, edición 26 de marzo de 2012. Correo electrónico: oscar.pinedarivas@hotmail.com

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